miércoles, 25 de julio de 2012

Crítica a la Ley 1542 de 2012 "Violencia contra la Mujer"


Rechazo, como el que más, los actos criminales espantosos que se vienen presentando en el país y creo que todos aquellos que se desvían de las normas protectoras merecen su condigna sanción, pero de ahí a aceptar que todo acto de violencia en el hogar, por mínima que sea, se convierta en presidio y no se permita la reconciliación sin importar si es posible, si se rescatará la unidad familiar, ni si se mantendrá la economía que lo hace sustentable, no puedo aceptarlo.

El señor Presidente Santos en publicitado discurso al sancionar la ley que impide la conciliación en los casos de alimentos y violencia intrafamiliar, asegura que ayudará a traer la paz a Colombia. Como se nota que ni siquiera se preocupó de leer el texto de pocos renglones que tiene la norma[i], ni mucho menos evaluó sus consecuencias.

Ahora cualquiera podrá denunciar que en una familia se están presentando casos de violencia intrafamiliar, lo que obligará a la Fiscalía a tomar acciones e investigar tales denuncias sin que puedan promover, en los casos en que sean reales, un acercamiento y una conciliación que restablezcan la unidad familiar (cuando sea posible) y tendrá que desgastarse investigando para sancionar todas las inasistencias alimentarias, sin que haya conciliaciones que sirvan para garantizar el sustento de esas familias[ii].

La congestión en la Fiscalía en especial y en los estrados judiciales en general, ante la imposibilidad de la salida negociada, forzará la separación de esas familias y no podrán ser sanadas las heridas y restablecido el respeto.

Casos extremos, que los hay y muy graves, ya eran indesistibles en la ley, pero a punta de opinión hicieron que se modificara, afectando a todas las familias colombianas porque cualquier situación por mínima que sea ahora por virtud de la Ley tiene que ser investigada y no puede ser objeto de conciliación.

Estoy seguro que las organizaciones que protegen y buscan la no discriminación, la protección y el cuidado de la mujer, de la familia y de la niñez no podrán estar de acuerdo con esta legislación. Éstas deberían promover una ley que verdaderamente proteja la unidad familiar, la niñez y la parte débil en una relación de pareja, las que, por cierto, hoy día no tienen especificidad de género.

Una ley que prevea las consecuencias y contemple soluciones reales cuando uno de los miembros del hogar, en especial si es el que aporta económicamente es recluido en prisión, para que no quede en el desamparo, puesto que estamos en un país con altos niveles de desempleo aún calificado ¿qué creen que pasará con esa familia? La contraparte se verá arrojada a la prostitución, al delito o caerá en manos de un abusador(a) igual o peor que el anterior. 

Uno de los principales temores para denunciar es la ausencia real de protección frente a situaciones extremas, pero si las instituciones no están en condiciones de protegerlas, al dejarlas en el desamparo y sometidas a convivir con sus agresores ¿qué logran? Les diré, mayor violencia.

En cambio, ya no es posible que parejas que tuvieron comportamientos violentos que ameritaron su denuncia, encuentren en la conciliación y la ayuda psico-social la recomposición de la unidad familiar, aunque tengan que buscarla de forma particular y pagarla de su bolsillo. Ni podrán terminarse los procesos de inasistencia alimentaria por conciliar una cuota adecuada o al menos pagable para la parte que ha mantenido el hogar.

Con razón el diagnóstico de política criminal efectuado por la Comisión Asesora de Política Criminal del Estado es que el hacinamiento es producto la generación indiscriminada de leyes populistas que no generan soluciones de raíz a los problemas que aquejan a la ciudadanía [iii].

Inexplicable, además, que por un lado pretendan mecanismos transaccionales y de justicia alternativa (disque eso es el marco para la paz) como la selectividad,  o que la recién nombrada Ministra de Justicia afirme que en mecanismos como la conciliación están las oportunidades de descongestión, mientras por el otro le quitan esa oportunidad precisamente al núcleo esencial de la sociedad que es la familia.

En fin, considero que la aprobación y sanción de la ley 1542 de 2012 que impide la conciliación de los delitos de inasistencia alimentaria y violencia contra la mujer y ordena que un equipo interdisciplinario de medicina legal (de cuya existencia no tengo conocimiento, ni dice como estará conformado) conceptúe previamente para proceder al uso de mecanismos electrónicos como sustitutivos de la prisión, sin las medidas adicionales de protección a la unidad familiar y a la familia como núcleo esencial de la sociedad sólo traerá un agravamiento en la violencia, mayor congestión en los despachos fiscales y no es, ni remotamente, un acercamiento a la paz social [iv].

P.S. Posición interesante la de Omar Eduardo Gil Ordóñez, Coordinador del Área de Capacitación y Desarrollo del Instituto de Victimología de la Universidad Santo Tomás, Seccional Bucaramanga, quien afirma que es inaplicable [v].

3 comentarios:

  1. y donde queda el art. 42 constitucional donde reza que la familia es el núcleo de la sociedad, frente a una ley que propende por acabar dicha unidad familiar?. y donde queda el principio de que el derecho penal es ultima ratio?. las grandes contradicciones de un sistema penal cimentado en una política criminal "populista", como con buen tino lo dice el Doctor Gil.

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  2. Recomiendo leer un reciente artículo publicado en Ámbito Jurídico: "La Ley 1542 del 2012: en contravía del ordenamiento jurídico" - Por Omar Eduardo Gil Ordóñez - http://www.ambitojuridico.com/BancoConocimiento/N/noti-120719-07(la_ley_1542_del_2012_en_contravia_del_ordenamiento_juridico)/noti-120719-07(la_ley_1542_del_2012_en_contravia_del_ordenamiento_juridico).asp

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