lunes, 6 de agosto de 2012

Prisión Perpetua


“Es la segunda de entre las penas máximas, después de la de muerte. Característica de estados autoritarios. Fracaso de la democracia”. Julio César Kala
 
 

La Constitución Política de Colombia en su artículo 34 reza: “Se prohíben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación”.

Sin embargo, dicha norma molesta a algunas personas que están empeñadas en instaurar la prisión perpetua; unas para delitos de abuso sexual contra los niños,  otras para delitos contra la mujer.

Una de sus más recurridas justificaciones es que los ofensores sexuales “no tienen cura” y que quienes atentan contra los niños no tienen perdón ni justificación. Y, a decir verdad, ante ciertos crímenes que se vienen presentando en nuestra sociedad es entendible este deseo.

Pero, que los violadores son enfermos mentales que no se curan. Falso; que los hay los hay, pero de ahí a que TODOS sean enfermos incurables es una gran mentira y, además, para los enfermos mentales está la internación, el tratamiento y la vigilancia médico-siquiátrica, la cual, en los casos incurables puede ser por el resto de la vida del paciente. Pero, tras de enfermo, no queremos tratarlo sino simplemente encerrarlo.

Que la pena sería ejemplarizante y evitaría que el individuo cometiera el delito. Falso; el delincuente, por lo general, no piensa en la pena o castigo que recibirá, porque siempre confía en quedar impune o actúa bajo un estado de alteración emocional.

Es tal el afán, o el temor, que los tratan de monstruos o bestias para despojarlos de su condición de persona humana, sin querer considerarlos como lo que son: individuos a veces inmaduros, con problemas de adaptación a las exigencias del medio y la vida social aceptada en determinada comunidad; sea por problemas en su formación cultural o afectiva, sea por patologías: verdaderos enfermos necesitados de ayuda.

No obstante, la sola posibilidad del error judicial, de la falsa imputación, el conocimiento cierto de que la justicia humana es falible, debería ser suficiente para impedir la instauración de penas aflictivas como la cadena perpetua y ni que decir de la pena de muerte.

Los que trajinamos de manera permanente en las lides del derecho ¿cuántas veces nos hemos sentido frustrados porque confiamos en la inocencia del defendido pero no tenemos los medios técnico-científicos para desvirtuar los elementos materiales probatorios recaudados por la Fiscalía? ¿Cuántos fiscales, luego de un largo devenir acusatorio, ad portas de la solicitud de fallo, se han dado cuenta que están siendo engañados por quienes creían pulcros testigos y han mutado su petición en absolución? ¿Cuántas veces no nos hemos dado cuenta? ¿A cuántos, cuando hemos visitado las cárceles, nos juran los reos que son inocentes?

¿Cuántas veces al día en los medios de comunicación prestantes personalidades de la política salen a denunciar que su proceso judicial es una persecución política? ¿Y si fuera cierto?

Encerrados y la llave tirada al excusado jamás tendrán la oportunidad de probar sus dichos y menos aún de rehacer sus vidas.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), suscrita por Colombia, señala que “Las penas privativas de la libertad tendrán como finalidad esencial la reforma y la readaptación social de los condenados”.

Y es que en un Estado Social de Derecho, la principal función de la pena es la resocialización, aunque en Colombia, con un hacinamiento del 300%, carencia de servicios médicos para todos, ausencia de programas orientados y dirigidos por expertos (médicos, psicólogos, psiquiatras, sociólogos, trabajadores sociales, etc.) resulta ilusorio pensar en la recuperación productiva de los internos.

Nuestro sistema penitenciario tiene un sistema progresivo de rehabilitación, que hoy día, ante el colapso que sufre, por supuesto no alcanza a cubrir a los internos por la innumerable cantidad de detenidos y condenados.

Pero, si la condena es aflictiva ¿para qué proceso de resocialización?

A mí, por lo menos, me basta pensar en la falibilidad de la justicia para entender que ninguna pena puede ser impuesta en forma aflictiva e irrevocable.

----------

Sobre el mismo punto, quienes tengan interés pueden consultar:

Serénese, doña Gilma - Por: Carolina Londoño Montaña http://www.kienyke.com/kien-bloguea/serenese-dona-gilma/

Cadena perpetua para los violadores: populismo jurídico y maltrato infantil - Por: José Tovar http://www.razonpublica.com/index.php/politica-y-gobierno-temas-27/2083-cadena-perpetua-para-los-violadores-populismo-juridico-y-maltrato-infantil-.html


Pena de Muerte y Cadena Perpetua para delitos execrables - Por: Magda Isabel Quintero Pérez   http://www.unisimoncucuta.edu.co/ellibertador/index.php?option=com_content&view=article&id=55:pena-de-muerte-y-cadena-perpetua-para-delitos-execrables&catid=29:principal


4 comentarios:

  1. Interesante análisis. Los estados de indignación de la sociedad buscan con frecuencia llegar a "soluciones" extremas, actitud lógica ante las atrocidades que la vida nos presenta. Pero nos falta eso que Usted aporta, una análisis de fondo del delincuente y su posibilidad de resocialización y eso de tener en cuenta la falibilidad de nuestra maltrecha justicia que con frecuencia condena inocentes destruyendo su vida. Recordemos un solo caso: Alberto Hazbún, condenado por asesinato de Galán; salió muy tarde por ser inocente y ya no pudo recuperar su vida.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Muchas gracias don Luis, aprecio y comparto su concepto.

      Eliminar
  2. Bueno, no soy abogada, pero a veces pienso que sí, de hecho somos un país violento y la justicia se trata así, con violencia, queremos destierro y venganza, y a veces los medios de comunicación exacerban los ánimos precisamente para atizar el fuego y llevar a estos criminales a la plaza pública.
    De derecho no sé mucho, pero ¿qué pasa en esos estados de Estados Unidos donde la prisión perpetua y la pena de muerte están instauradas? ¿existen menos crímenes? Yo no sé, pero tu teoría de que el que es un criminal realmente no está pensando y haciendo cálculos sobre qué le puede pasar y qué no... el que está cometiendo un delito (algo tan grave como la violación o el asesinato de un niño) ni siquiera está pensando, está saciando (creo) un deseo carnal y el raciocinio de lo que es bueno o malo se le fue hace rato.
    Es culpa de todos también: la gente no entiende las rebajas de penas de esta justicia, que por trabajo o confesión se reduce la condena, o también la gente ve que los políticos multimillonarios reciben penas que dan risa y la gente pobre sufre las consecuencias... tal vez la gente cree que con la prisión perpetua el juez o la justicia no van a fallar en favor del acusado, porque toda la vida se va a quedar encerrado.
    Es culpa de todos... en realidad nunca me he puesto a pensar realmente si necesitamos o no la prisión perpetua, quizás con un poco de justicia sea suficiente
    pd: gracias por la mención
    Carolina

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Muchas gracias, muy oportuna tu reflexión. En Estados Unidos la prisión perpetua es sólo un nombre y en los Estados donde hay pena de muerte no tienen menores índices de criminalidad que en los demás. Te agradezco mucho el comentario.

      Eliminar